Despacho del Viceministro
El Viceministro será el superior jerárquico inmediato de todo el personal del Ministerio, sin perjuicio de las potestades del Ministro y lo sustituirá en sus ausencias temporales, cuando así lo disponga el Presidente de la República.
El Viceministro como superior jerárquico administrativo tendrá la supervisión directa sobre todo lo relacionado con nombramientos y ascensos del personal interno y externo, así con el presupuesto institucional y los asuntos financieros. Por delegación del Ministro, supervisará de manera directa la correcta aplicación y ejecución del Estatuto de la Carrera del Servicio Exterior de la República y su Reglamento.
El Viceministro designará su Jefe de Gabinete y cuerpo de asesores. Las funciones del Jefe de Gabinete serán esencialmente las mismas del Jefe del Gabinete del Ministro.
Principales Funciones
- Colaborar con el Presidente de la República y con el Ministro en la conducción de la Política Exterior y las Relaciones Internacionales del Estado costarricense.
- Ejercer las potestades que le confiere su calidad de superior jerárquico subordinado.
- Dirigir y coordinar las actividades internas y externas del Ministerio, sin prejuicio de las potestades del Ministro.
- Ser el centro de comunicación del Ministerio, a lo interno y externo.
- Dirigir la realización de los estudios administrativos y reunir la documentación necesaria para la buena marcha del Ministerio.
- Delegar, avocar, sustituir o subrogar funciones dentro de los límites de la ley.
- Solicitar ayuda de todo el personal del Ministerio para el cumplimiento de sus deberes.
- Sustituir al Ministro en sus ausencias temporales y asistir en su lugar a sesiones del Consejo de Gobierno y otros organismos gubernamentales.
- Servir de enlace permanente entre el Ministerio y la Asamblea Legislativa y mantener contacto con las diferentes fracciones políticas con el fin de velar porque los asuntos del Ministerio reciban un trámite adecuado.
- Conocer y realizar los trámites y gestiones de aquellos asuntos y funciones que de acuerdo a su alto rango le delegue el Ministro.