Registro de días festivos
- Cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte, vigentes del apoderado legal de la entidad religiosa.
- En hoja membretada, el representante legal debe firmar e indicar cuáles son los días festivos reconocidos por su entidad religiosa. (Firmada digital, de lo contrario la solicitud y la firma deben ser autenticadas por notario público).
- Certificación de la personería jurídica de la entidad religiosa.
Una vez encontrado el país de su representación, hacer clic en el botón de buscar, para dirigirse al detalle que muestra las distintas representaciones entre Costa Rica y el país escogido.